Cogollos del Oeste

Guía del trámite

REPROCANN

El registro que autoriza el cultivo controlado de cannabis con fines medicinales, terapéuticos o paliativos del dolor. Qué habilita, cómo se saca paso a paso y qué dice la norma vigente — todo con fuente oficial.

9

Plantas en floración

El máximo por paciente, en hasta 6 m² de interior o 15 m² a cielo abierto.

40 g

Transporte autorizado

De flores secas. O hasta 6 frascos o goteros de 30 ml.

3 años

Vigencia del certificado

Para autocultivadores. Las personas jurídicas renuevan cada año.

$ 0

Costo del trámite

La inscripción es gratuita. La consulta médica corre aparte.

Cantidades y vigencias de la Resolución 1780/2025 y de las preguntas frecuentes oficiales.

Cuánto demora hoy

24–72 h

Reporte de comunidad · 2026

Desde fines de febrero de 2026 el registro aprueba de forma automatizada los trámites simples, y la prensa y las comunidades cannábicas coinciden: con la documentación completa, el certificado está saliendo en 24 a 72 horas — antes demoraba meses. Los expedientes iniciados antes de la automatización siguen otra cola, más lenta.

No hay cifra oficial publicada: esto es lo que reporta la comunidad, no una promesa del Estado. Fuentes: PelaGatos y Diario de Cuyo.

Qué es y a quién le sirve

El REPROCANN es el registro nacional creado por el Decreto 883/2020 —que reglamenta la Ley 27.350— para autorizar el cultivo controlado de cannabis a personas con indicación médica. Con la credencial, el paciente puede cultivar en su domicilio o delegar el cultivo en un tercero autorizado, y transportar sus flores o aceites dentro de los límites del registro.

La indicación siempre la hace un profesional de la salud inscripto: la norma no publica una lista de condiciones habilitadas, el criterio médico es el que manda. Y el registro no es la única puerta — las especialidades medicinales y formulaciones magistrales se compran en farmacia con receta, sin necesidad de REPROCANN.

El trámite, paso a paso

Todo se hace online en reprocann.msal.gob.ar, según el instructivo oficial del Ministerio de Salud.

  1. 1

    Validá tu identidad en Mi Argentina

    Es obligatorio para todos los roles. Si todavía no tenés cuenta, se crea en el momento; la validación de identidad se hace una sola vez.

  2. 2

    Registrate en la plataforma REPROCANN

    Entrás con tu cuenta de Mi Argentina y elegís el rol: paciente y/o autocultivador. El sistema precarga tus datos; completás domicilio, cobertura de salud y contacto.

  3. 3

    Elegí quién cultiva

    Autocultivo (declarás el domicilio donde están las plantas, editable si te mudás) o un tercero: cultivador solidario u ONG inscripta.

  4. 4

    Vinculate con tu médico

    En «Mis datos» el sistema genera un código de vinculación: se lo pasás a tu profesional. El trámite se inicia recién con esta vinculación. Si cultiva un tercero, esa segunda vinculación va después.

  5. 5

    El médico firma el consentimiento

    Un profesional inscripto —registrado en el REFEPS, con formación en cannabis medicinal y firma digital— adjunta la documentación y presenta el consentimiento informado bilateral.

  6. 6

    Aprobación y credencial

    Seguís el estado en «Mis trámites». Cuando se aprueba te avisa por mail y descargás la credencial desde la misma plataforma. Vale 3 años.

Quién puede cultivar

La credencial ampara tres formas de cultivo. Ojo con las guías viejas: hasta 2025 el cultivador solidario podía tener dos pacientes; la Resolución 1780/2025 lo limita a uno.

La norma, en el tiempo

  1. 2017

    Ley 27.350

    El marco: investigación médica y científica del uso medicinal del cannabis.

    Texto oficial
  2. 2020

    Decreto 883/2020

    Reglamenta la ley y crea el REPROCANN. Habilita el autocultivo, el cultivador solidario y las ONG.

    Texto oficial
  3. 2021

    Resolución 800/2021

    Puso en funcionamiento el registro. Su texto fue sustituido casi por completo por la norma de 2025.

  4. 2024

    Resolución 3132/2024Derogada

    Endureció los requisitos para médicos y cultivadores. Derogada: si una guía la cita, está desactualizada.

    Texto oficial
  5. 2025

    Resolución 1780/2025Vigente

    La norma operativa vigente. Redefine las categorías, las cantidades, los requisitos del profesional y las vigencias.

    Texto oficial
  6. 2026

    Traspaso a la Sedronar

    La gestión operativa del programa pasó a la Sedronar en enero de 2026, según reportó la prensa especializada.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta?

La inscripción no tiene costo: el Estado no cobra ni por el trámite ni por el certificado. Lo que sí puede costar es la consulta con el profesional que hace la indicación y firma el consentimiento, salvo que te atiendas en el sistema público.

¿Qué condiciones de salud entran?

La normativa no publica una lista de patologías. Habla de indicación médica basada en evidencia científica, con fines de tratamiento medicinal, terapéutico o paliativo del dolor: el criterio es del profesional tratante inscripto, que es responsable de la prescripción y su seguimiento.

¿Cuánto dura el certificado y cómo se renueva?

Para autocultivadores vale 3 años desde la emisión; para asociaciones civiles y fundaciones, 1 año con presentación anual de documentación. Para renovar, tu médico tiene que ratificar la indicación terapéutica; el detalle del procedimiento no está publicado en las páginas oficiales, consultalo con tu profesional.

¿Qué muestro en un control?

La credencial vigente junto con el DNI. Dentro de los límites autorizados —hasta 9 plantas en floración y hasta 40 gramos de flores secas o 6 frascos de 30 ml en tránsito— la tenencia está autorizada por el registro.

¿Necesito REPROCANN para comprar en farmacia?

No. La compra de especialidades medicinales o formulaciones magistrales en farmacia se hace con receta, sin inscripción en el registro. El REPROCANN es la vía para el cultivo controlado.

¿Dónde encuentro un médico inscripto?

No hay un listado oficial público de profesionales inscriptos. El profesional debe estar registrado en el REFEPS y contar con formación acreditada en cannabis medicinal; las comunidades cannábicas mantienen listados no oficiales que pueden servir de punto de partida.

Fuentes oficiales

programacannabis@msal.gov.ar

0800-222-1002

El trámite oficial es gratuito

Nota de la asociación

Información general sobre el Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN) en Argentina.

Esta información es de divulgación general y no reemplaza el asesoramiento profesional.

Requisitos básicos

  1. Indicación de un profesional de la salud
  2. Alta en el registro
  3. Vínculo con un cultivador solidario o autocultivo

De dónde sale esta guía

Los requisitos, cantidades y vigencias salen de fuentes oficiales: la página del registro en argentina.gob.ar, el instructivo del Ministerio de Salud y el texto de la Resolución 1780/2025. Los tiempos de aprobación son reportes de prensa y de la comunidad, y están señalados como tales. Esta página no es un canal del Estado y no reemplaza la consulta con un profesional de la salud inscripto, que es quien hace la indicación.

Fuente oficial

Actualizada a julio de 2026